Durante este sexenio que está a punto de finalizar ya no habrá ninguna reducción del Impuesto Sobre la Nómina (ISN), como lo propusieron sindicatos de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), ya que no se contempla en la ley de ingresos de 2024, y el próximo sexenio replicaría las mismas disposiciones fiscales que el anterior.
Así lo concluyeron integrantes del Colegio de Contadores Públicos del Estado de Puebla, quienes coincidieron que al incrementar la recaudación a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien gobierne el país el próximo año es probable que deje los mismos lineamientos.
De haber cambios, estos se podrían llevar a cabo hasta 2026, agregó Gónzalo Xavier Pérez Jiménez, miembro honorífico ante el SAT Puebla, ante la petición de que se reduzca hasta en un 50 por ciento el ISR.
Reconoció que sí hay una afectación para todos los trabajadores, debido a que no se han actualizado las tarifas de retención de salarios, pero insistió en que independientemente del color de partido del próximo sexenio, “difícilmente habrá una actualización”.
Pérez Jiménez recordó que en los últimos tres años no hubo reformas fiscales, sin embargo, recordó que hay disposiciones para los contribuyentes, ya sea trabajadores, empresas grandes, medianas o pequeñas, que tienen que cumplir para evitar multas o pagar más impuestos.
Una de las principales recomendaciones es que se tienen que verificar si cuentan con datos de contacto actualizados, como el correo electrónico y número telefónico, pues en la miscelánea fiscal 2024 se establece este año como límite para poder hacerlo, al finalizar y no contar con esta información, se pueden hacer acreedores a una multa que va de los 3 mil 420 a 10 mil pesos.
Para empresas, además de la multa, al no contar con este requerimiento, las autoridades fiscales no les permitirán la emisión de facturas, lo cual puede congelar la nómina, lo que ocasionaría más problemas.
Otro punto a revisar es el del régimen fiscal, ya que si las autoridades fiscales lo deciden, pueden cambiar el tipo de régimen de manera automática y no les favorecerá a los contribuyentes, por tanto, recomendó revisar si han cumplido con todas sus obligaciones.
También sugirió cumplir con las declaraciones anuales de las personas morales entre enero a marzo, así como verificar que hayan pagado las retenciones de sus trabajadores de manera adecuada, además de revisar si cuentan con una firma electrónica que no venza hasta después de la declaración anual, pues las multas de no contar con ella van de los 14 mil hasta 70 mil pesos.
Por último, en cuanto a la declaración de personas físicas, recordó que las deducciones personales que se pueden hacer sólo corresponden al 15 por ciento de los ingresos, por lo cual recordó que para que haya una correcta devolución de impuestos se revisen las facturas electrónicas emitidas.
Lo anterior, ya que las facturas 4.0 tienen como requisito no sólo especificar el régimen fiscal de la persona a la que se la emiten, sino quien la genera, uno de los errores que han notado que hay cuando el SAT no las reconoce.
A esto se suma a los problemas que han notado con los bancos en créditos hipotecarios, en cuyas facturas no plasman de manera adecuada el RFC, y por tanto, el régimen fiscal, lo que ocasiona que las facturas no se puedan deducir en la declaración anual.
Por: Guadalupe Juárez
Editor: Guillermo Leal





