El Congreso del Estado recibió formalmente la iniciativa de ley para regular la operación de motocicletas en Puebla, que considera portar el número de placa en casco y chaleco, además de limitar el número de pasajeros a bordo.
La presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Laura Artemisa García Chávez, presentó la propuesta para reformar distintos artículos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado.
Durante sesión ordinaria del Pleno este jueves, expuso que la iniciativa no pretende criminalizar ni estigmatizar a los motociclistas que circulan en la entidad.
Sin embargo, remarcó que se trata de una medida para inhibir el alto índice de hechos ilícitos que se cometen a bordo de dichos medios de transporte.
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A la par, refirió que es necesaria la adopción de mayores medidas de seguridad para reducir el número de siniestros viales.
“Las propuestas buscan disminuir aquellos índices fatales que involucran a motocicletas en accidentes y en la comisión de delitos, sin que esto busque o implique su criminalización o discriminación”, comentó.
En ese sentido, detalló que las reformas establecen que sólo el conductor podrá viajar a bordo de las motocicletas.
Únicamente podrán viajar pasajeros adicionales cuando la motocicleta cuente con asiento adicional, estribos, y dispositivos de seguridad para su traslado.
El casco de los conductores deberá tener adherida la calcomanía con el número de placa visible, expedida por la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.
Además, deberán portar chaleco o chaqueta de material resistente, con al menos el 20 ciento de material reflejante, así como el número de placa en la parte frontal y posterior.
Asimismo, todos los propietarios, tenedores o usuarios de motocicletas están obligados a presentar los trámites y movimientos correspondientes ante el Registro Estatal Vehicular.
Limitarán circulación de bicis y scooters eléctricos
La propuesta la coordinadora de la bancada de Morena también contempla la regulación de bicicletas y monopatines eléctricos.
En ese sentido, se establece que los dispositivos que sean capaces de superar los 25 kilómetros por hora, no podrán circular por vías primarias, de acceso controlado o de alta velocidad.
Esto, salvo en los casos en que exista infraestructura segregada y segura destinada para su tránsito.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Transportes y Movilidad del Congreso local, para su análisis y eventual aprobación.
Editor: Renato León
