¡Ojo! Colegiaturas son deducibles ante el SAT

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Foto: Agencia EsImagen.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los pagos por colegiaturas y transporte escolar pueden ser susceptibles de deducir en la declaración anual de personas físicas durante este periodo de regreso a clases. Este beneficio fiscal aplica exclusivamente para familiares ascendientes o descendientes en línea recta que no perciban ingresos superiores a 41 mil 273 pesos anuales, equivalente al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Para el caso específico del transporte escolar, el SAT aclaró que si este concepto está incluido dentro del pago de la colegiatura, deberá separarse en la factura el monto correspondiente para hacer válida la deducción. La autoridad fiscal precisó que no son deducibles otros conceptos como inscripción, reinscripción, becas o apoyos económicos.

El organismo estableció límites máximos deducibles por estudiante según el nivel educativo: preescolar 14 mil 200 pesos, primaria 12 mil 900 pesos, secundaria 19 mil 900 pesos, profesional técnico 17 mil 100 pesos, y bachillerato o su equivalente 24 mil 500 pesos.

Un requisito fundamental es que el pago se realice mediante cheque, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito o servicios. Además, las instituciones educativas privadas deben contar con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, verificable en el padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales.

El SAT recomendó verificar que las facturas contengan el complemento de datos con el nombre y CURP del alumno, nivel escolar y clave de reconocimiento de validez oficial. El campo “Uso del CFDI” debe ser “Pagos por servicios educativos” y la clave debe corresponder al medio de pago utilizado.

Para orientación adicional, la institución puso a disposición varios canales de atención: MarcaSAT al 55 627 22 728, chat uno a uno a través de chat.sat.gob.mx y OrientaSAT disponible en el Portal del SAT.

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