A tres meses de la entrada en vigor de Ley de declaratoria especial de ausencia, sólo una familia la ha conseguido, de acuerdo con el Poder Judicial del Estado.
A través de una solicitud de información realizada por esta casa editorial, el PJE sólo indicó la cantidad de trámites que han hecho sin especificar las circunstancias en las que se otorgó la primera declaración de ausencia en la entidad.
Este documento se entrega en los juzgados locales, cuando la familia de una persona desaparecida lo solicita, ya que con este puede llevar a cabo trámites como custodias de menores de edad, retirar dinero de las cuentas bancarias de sus seres queridos que buscan desde hace años o congelar créditos hipotecarios, por mencionar algunas razones.
El 30 de agosto de 2024, en marco del Día Internacional de la Desaparición Forzada, el Congreso de Puebla aprobó la Ley de Declaratoria de Ausencia, cuya esencia es proteger a hijas e hijos de las personas reportadas como desaparecidas en la entidad.
Las familias pueden tramitar la declaratoria de ausencia, tres meses después de denunciar la desaparición de sus seres queridos, para acudir a una audiencia ante el juez y exponer sus motivos, quien decide si se las otorga o no.
De acuerdo con el Registro de Personas Desaparecidas y no Localizadas en el Estado de Puebla, hay 867 hombres y mujeres que no han vuelto a sus hogares, a quienes buscan sus familias.
Te recomendamos