Costa Rica elimina obligatoriedad de usar apellido paterno antes que el materno

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Costa Rica
Foto: Pixabay.

La Corte Suprema de Justicia de Costa Rica anunció la eliminación de la obligatoriedad de colocar el apellido paterno antes que el materno en la identificación de una persona.

Esta modificación se realizó al artículo 49 del Código Civil, el cual tiene como objetivo principal promover la igualdad ante la ley y eliminar cualquier forma de discriminación contra la mujer.

La medida surge después de una consulta presentada por una persona mayor de edad que buscaba invertir el orden de sus apellidos para que el de su madre fuera colocado primero. De acuerdo con el magistrado Paul Rueda esta modificación se fundamenta en el derecho al libre desarrollo de la personalidad de las personas en relación con su identidad.

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La eliminación de la frase “en ese orden” del artículo 49 se basa en el reconocimiento de que la práctica anterior estaba arraigada en una concepción patriarcal y anacrónica de la familia que discriminaba a la mujer. Los magistrados consideraron que esta normativa era incompatible con los principios de igualdad en la legislación nacional e internacional.

La medida anticipa los objetivos de un proyecto de ley que se encuentra en la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa, denominado “Ley de Igualdad en la Inscripción de los Apellidos”, el cual también busca promover la igualdad en este aspecto.

Esta decisión representa un avance significativo en la lucha por los derechos de las mujeres y por la igualdad de género en Costa Rica, y refleja el compromiso del país con el respeto a los derechos fundamentales de todas las personas.

Por Redacción
Editora: Mafer Montes

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