Utilidades: Estas son las 5 preguntas más comunes

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La utilidades de personas morales ya debieron ser entregadas, mientras que personas físicas deberán recibirlas en junio. // Foto: Agencia EsImagen.

El primer periodo para entregar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) a personas morales ya concluyó, pues se cumplieron 60 días de la presentación de la declaración anual.

Así lo señaló el contador, Alberto Carrasco, quien aseguró que el pago de las Utilidades “es una obligación para la empresa y un derecho para el trabajador”, al tiempo que puntualizó que las personas físicas deberán recibirlas en junio.

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En entrevista con Patricia Estrada para Oro Noticias de 6 a 9 am, Carrasco respondió las cinco preguntas más frecuentes sobre este derecho:

¿Qué empresas están obligadas?

“Aquellas que hayan tenido utilidades, valga la redundancia”. Las que no están obligadas son aquellas que no tuvieron utilidades, las de nueva creación y las que tuvieron ingresos menores a 300 mil pesos.

¿Qué trabajadores tienen derecho?

Todos los que reciban salario, padres o madres en permiso por paternidad, trabajadores eventuales que han laborado al menos 60 días o quienes estén por tiempo indeterminado que en el ejercicio anterior (2021) hayan trabajado más de 60 días.

¿Quiénes no tienen derecho?

Directores, gerentes, administradores, socios, inversionistas, quienes labores por honorarios y trabajadores domésticos.

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¿Cuánto le toca los trabajadores?

El 10% de las utilidades netas del ejercicio fiscal anterior. El tope máximo sería de 3 meses del salario o el promedio de la PTU recibida en los últimos 3 años.

“El consejo es acercarse al departamento contable de su empresa para que se explique cómo está el tema”.

¿Cuándo se debe percibir?

60 días después de la presentación de la declaración anual personal.

Si no se recibe, hay plazo de un año para exigir el derecho mediante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), en caso de que la empresa se niegue.

ABC DEL PTU

La primera obligación es que 10 días después de que la empresa haga su declaración, tiene obligación de entregar una copia a trabajadores para que se verifiquen las utilidades reportadas.

10 días después de la entrega de dicha copia, se debe integrar una comisión mixta entre patrón y trabajadores. 30 días después se revisa la declaración anual de la empresa para que se constate que el PTU que recibirán es correcto.

Después de 60 días de presentada la declaración, se tiene que entregar el beneficio a los empleados.

Por Redacción
Editora: Brenda Balderas

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