30.1 C
Puebla City
sábado, mayo 2, 2026
Inicio Portada

¡No pierdas tu número! Todo lo que debes saber del registro obligatorio

66
Personas físicas podrán vincular hasta 10 números telefónicos. / Foto: Envato Elements

Todas y todos los usuarios de una línea telefónica en México tendrán que registrar su número con la empresa que le presta el servicio, ya sea en plan tarifario o prepago sin importar la compañía, la nacionalidad y si eres persona física, moral o un ente público.

De acuerdo con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) en los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, hay dos formas de llevar a cabo el registro: presencial y en línea.

Los requisitos para el registro de personas físicas son:

  • Nombre
  • CURP
  • Número telefónico asociado
  • Identificación Oficial
  • Resultado y la fuente contra la que se realizó la Validación de Identidad
  • Folio único de la Vinculación y/o Desvinculación, que incluya fecha y hora.
  • El RFC será validado por los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil mediante la consulta al Servicio de Administración Tributaria.

Para Vincular Líneas Telefónicas Móviles de personas morales, es decir empresas, tendrán que ser los representantes legales de las mismas quienes harán el registro con el nombre o razón social, el RFC, el número telefónico asociado, la fuente de confianza consultada y el resultado de la Validación de Identidad.

Tal vez te interese: Registro obligatorio: ¿Cómo puedo desvincular números no reconocidos?

Para la Validación de Identidad de la persona representante legal de un Ente Público, se deberá presentar lo siguiente:

  • Identificación Oficial vigente de la persona servidora pública facultada
  • Documento que contenga la razón social y RFC del Ente Público
  • Nombramiento de la persona servidora pública
  • Documento donde consten las atribuciones o representación legal del Ente Público

Para Vincular Líneas Telefónicas Móviles de Entes Públicos, los Proveedores del Servicio de Telefonía Móvil únicamente registrarán: el nombre o razón social, el RFC, el número telefónico asociado, la fuente de confianza consultada y el resultado de la Validación de Identidad.

En cuanto a personas extranjeras la validación de Identidad de personas físicas de nacionalidad extranjera, se deberá presentar:

  • Pasaporte
  • CURP temporal para extranjeros.
  • Y tendrán que registrar nombre, país de origen, número de pasaporte o, en su caso, CURP temporal para extranjeros, el número telefónico asociado y el resultado de la Validación de Identidad.

Sobre los equipos usados por menores de edad, serán sus tutores quienes registren sus líneas, pero quedarán bajo su responsabilidad las actividades que se realicen en estos números.

Hay que recordar que de no llevarse a cabo el registro hasta el 30 de junio de 2026, el número será inhabilitado y sólo servirá para números de emergencia como el 911.

En un recorrido a centros de atención de algunas telefonías celulares en la capital poblana se pudo observar que mantienen una campaña vigente de registro en línea, aunque también pueden asesorar a quienes lo desean para realizarlo en las sucursales.

En línea se encuentra la plataforma en la que especifican que cada usuario de persona física puede realizar el registro de hasta 10 números telefónicos, mientras que la personas morales no tienen límite.

Editor: Renato León

Te recomendamos: