Una jueza concedió un amparo a una estudiante de secundaria para que pueda asistir a clases con el cabello teñido de color azul, luego de que la institución le prohibiera ingresar a las aulas.
El Juzgado Segundo de Distrito en Zacatecas concedió la protección de la justicia federal a una alumna de secundaria, ya que las autoridades del plantel le impedían el acceso por contravenir el reglamento interno.
Al resolver el juicio de amparo 31/2023, la jueza María Citlallic Vizcaya Zamudio estableció que las autoridades educativas con su proceder vulneraron el derecho de la estudiante al libre desarrollo de la personalidad, conclusión que sustentó en el “Test de Proporcionalidad”, así como en los artículos 1º y 3º constitucionales.
De acuerdo con la jueza, sustentó su determinación en dos sentencias de la Corte Constitucional de Colombia con casos similares, además de citar diversas jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Indicó que, en una de ellas, se establece que el concepto de la dignidad humana “deriva el derecho de todo individuo a elegir en forma libre y autónoma su proyecto de vida”. Asimismo, explica que cualquier restricción injustificada y ajena a la Carta Magna debe considerarse inconstitucional, como lo es en el caso, la restricción del derecho a la personalidad con motivo de la imposición de un patrón estético.
Además, la jueza Vizcaya Zamudio analizó lo dispuesto en el artículo Primero y Tercero constitucionales. El primero prohíbe la discriminación y el segundo protege el derecho a la educación.
Por: Redacción
Editor: Guillermo Leal