
México fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por la deficiente investigación que se realizó sobre la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa, en el año 2001, pues constituye una violación a la obligación estatal de garantizar el derecho a la vida.
“La investigación absolutamente deficiente de la muerte de la señora Digna Ochoa por parte de las autoridades mexicanas, junto al hecho de que se hayan descartado arbitrariamente otras líneas de investigación, no permitió arrojar luz sobre las circunstancias particulares que rodearon esta muerte”, indica la sentencia publicada por el tribunal.
Se determinó que la muerte de Ochoa ocurrió en un contexto de impunidad por los homicidios de defensoras y defensores de derechos humanos, que se vivía en aquella época en México.
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Digna Ochoa fue una defensora de derechos humanos en México que participó en investigaciones de alto perfil y su cuerpo fue encontrado en un despacho jurídico el 19 de octubre de 2001; presentaba un disparo en una pierna y otro en la cabeza, y se encontró un disparo más en un sillón.
La investigación realizada en México determinó que se trató de un suicidio, pero la Corte asegura que hubo serias irregularidades en el proceso y que en realidad se trató de un homicidio.
La CIDH determinó en su sentencia que hubo “numerosas falencias” en el manejo de la escena del crimen, en la cadena de custodia, en la documentación, los exámenes externos e internos, así como en la necropsia médico legal. Además hubieron “graves inconsistencias” y contradicciones en la recolección de datos, en el dictamen de criminalística, el acta médica.
Por Redacción
Editora: Brenda Balderas
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