Las mesas de trabajo entre organizaciones civiles y diputados para abordar la legislación sobre infancias trans iniciarán este martes 16 de diciembre para cumplir con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), informó la diputada Gabriela Chumacero Rodriguez.
La legisladora presentó en la última sesión ordinaria una iniciativa con reformas a los artículos 831 y 875 del Código Civil del Estado de Puebla en la que se especifica que toda persona, sin distinción de edad, tiene derecho a solicitar un acta de nacimiento para el reconocimiento de su identidad de género autopercibida.
De acuerdo con la iniciativa presentada, se agrega el artículo 875 quater, en el que se describe el procedimiento para el trámite del acta de niñas, niños y adolescentes, el cual consiste en que será a través de quien ejerza su patria potestad, tutela o representación legal la persona que las y los menores soliciten el levantamiento de la nueva acta.
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Las niñas, niños y adolescentes que la tramiten contarán con la asistencia y asesoría de la Procuraduría de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla, a la que podrán acudir si la persona que tiene su custodia se niega; podrán acudir, por sí o con el apoyo de la Procuraduría, ante la autoridad.
“Si se va a legislar, se está trabajando, porque son temas de nuestras juventudes, de nuestras infancias, de la niñez, son temas que debemos legislar, pero con pincitas”, comentó la diputada previo a la presentación de su iniciativa que se analizará en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia.
Hay que recordar que la SCJN desde hace tres años exigió al Congreso de Puebla legislar al respecto, ya que el cambio en el acta de nacimiento en la entidad solo es permitido hasta los 18 años de edad, lo cual ocasionó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) una acción de inconstitucionalidad 73/2021, al considerar que limitar la edad vulnera el derecho a la igualdad y no discriminación de las personas menores de edad trans.
Editor: César A. García






