Por Redacción (Con información de Milenio)
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el delito de tentativa de violación no amerita prisión preventiva oficiosa, porque no es la regla, sino la excepción.
Este 6 de octubre, la Primera Sala de la SCJN resolvió amparar a un joven detenido por tentativa de violación en Tamaulipas y a quien se le dictó prisión preventiva oficiosa en 2018.
Con la resolución, el joven podrá enfrentar su proceso penal en libertad, pero el ministerio público puede solicitar la prisión preventiva si tiene argumentos.
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Con 4 votos a favor y 1 en contra, la Primera Sala de la SCJN determinó que el delito de tentativa de violación no amerita prisión preventiva oficiosa.
El proyecto presentado por el ministro Mario Pardo Rebolledo argumenta que la prisión preventiva oficiosa sólo se puede aplicar al listado de los delitos de:
El artículo 19 constitucional, el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
