El Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas para tipificar y sancionar el delito de cohabitación forzada, con penas que podrían alcanzar hasta los 22 años de prisión en Puebla.
El objetivo es erradicar los matrimonios acordados o las uniones informales de menores de edad, que suelen disfrazarse de “usos y costumbres” familiares en comunidades del estado.
Con las modificaciones al Código Penal, se podrá castigar a quienes obliguen, coaccionen, induzcan, soliciten, gestionen u oferten a personas menores de 18 años a casarse con otra persona.
Entre las sanciones se establece de 8 a 15 años de prisión y una multa que va de las mil a las 2 mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
La pena se incrementará hasta en una mitad (alcanzando una mínima de 12 y una máxima de 22 años de cárcel) si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana.
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El castigo también aumentará si el delito es cometido por personas que tengan una relación de parentesco, tutela, guarda, custodia, autoridad, confianza o dependencia con la víctima.
Las diputadas de todos los grupos parlamentarios impulsaron la iniciativa, a fin de garantizar el interés superior de la niñez y poner fin a prácticas que vulneran el desarrollo de las niñas y adolescentes poblanas.
“Proteger a nuestra niñez significa evitar las violencias el día de mañana, significa resarcir los daños que permanecerán para toda la vida (…) ninguna tradición puede justificar que se le arrebate la infancia a una niña o adolescente”, expresaron.
A la par, lamentaron que en diversas regiones de la entidad los casos de cohabitación forzada sigan ocurriendo bajo el cobijo de supuestos acuerdos comunitarios, dependencias económicas e inercias familiares.
Editor: César A. García






