Enhorabuena por el Ayuntamiento de Puebla que encabeza el presidente municipal Eduardo Rivera Pérez, con la aprobación del cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP), la capital de la entidad recuperará 140 millones de pesos susceptibles a ser invertidos en alumbrado y seguridad pública.
No obstante, la historia detrás de la aprobación del legítimo derecho de cobro por parte de la Comuna fue un verdadero Viacrucis en plena temporada navideña.
Recordemos las rebatingas que se suscitaron hace exactamente un año por el cobro del DAP en el Congreso del Estado, no olvidemos que por aquellos días quedó exhibida la ignorancia de 12 de 41 legisladores frente a las cuestiones constitucionales más elementales; no se trataba de doce apóstoles precisamente, más bien de doce judas que desde su primaria trunca aseguraban que no podían comprometer su voto para “la aprobación de un impuesto disfrazado de derecho”; cualquier alumno en clase de Derecho Municipal advertiría el absurdo detrás de la sentencia que con orgullo compartió la fracción mierdista encabezada por Daniela Mier Bañuelos, Carlos Evagelista Aniceto, Edgar Garmendía de los Santos, Angélica Cervantes González e Iván Herrera Villagómez.
Que tampoco se nos olvide el hecho de que el conflicto escaló a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que, como era de esperarse, terminó poniendo en su sitio al grupo de morenistas antes mencionados que cobran sus dietas por hacer el ridículo, armando una cruzada contra el cobro del DAP, un derecho con absoluta validez constitucional como anticipamos en esta misma columna hace más de año, interpretación que secundó la Corte.
De hecho fue hace un par de meses, a finales de octubre pasado, cuando el entonces presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso, Sergio Salomón Céspedes Peregrina –hoy gobernador del estado¬–, abrió la posibilidad de que “en automático”, durante el próximo ejercicio fiscal, las comunas consideren el cobro del DAP en sus leyes de ingresos.
Penosamente no tardó en salir el diputado Eduardo Alcántara quien, en un acto de inocencia enternecedora, extendió el fallo de la SCJN a la configuración de una fórmula, en demérito del derecho que goza cualquier ayuntamiento sobre el cobro del DAP mismo.
Una vez más, cualquier estudiante universitario que haya tomado un buen curso de Control de Constitucionalidad identificaría la bestialidad detrás de semejante afirmación; desde luego no estamos ante un debate teórico, sino ante la pugna interna de una minoría enquistada en Acción Nacional, contrariada porque para ellos “no habrá tiro” en la contienda blanquiazul por la gubernatura de Puebla.
Afortunadamente esta es una historia con final feliz, pues mucho ayudará a mejorar la calidad de los servicios públicos municipales el hecho de que los ayuntamientos de la entidad, la Ciudad de Puebla incluida, le arrebaten el cobro del DAP a la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Sin duda hoy es un buen día para celebrar la autonomía municipal.
Por Enrique Huerta