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martes, julio 14, 2026
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Buscan castigar a incitadores de linchamientos en Puebla

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La reforma al Código Penal plantea sanciones para quienes participen o inciten linchamientos. / Foto: Especial.

El objetivo de tipificar el linchamiento como delito en Puebla es el de castigar a los incitadores sin importar el tipo de lesiones o si llega a homicidio, ya que en la actualidad no son sancionados por esta conducta, afirmó el presidente de la Comisión de Seguridad Pública, Andrés Villegas Mendoza.

“Muchas veces los incitadores llegan alcoholizados, ni siquiera tienen el contexto de lo que pasa, alborotan, ellos mismos son los que llegan con los bidones, las sogas, muchas cosas, o ellos mismos son los que golpean con lo que encuentren y se van, incitan, activan, prenden el cerillo y se van; muchas veces no son de la comunidad”, señaló.

De acuerdo con su iniciativa, en el artículo 320 del Código Penal del Estado, el delito de linchamiento sería “cuando dos o más personas, incitadas por otra, con o sin concierto previo, participan de manera directa o indirecta en el sometimiento de una o más personas, causándoles lesiones o la privación de la vida como castigo por la presunta comisión de una conducta delictiva cometida en agravio de una persona o de la comunidad”.

La iniciativa contempla que la sanción sea impuesta de 10 a 15 años de prisión a quien cometa el linchamiento, además de la que corresponde a lesiones y homicidio, así como una multa de mil a 3 mil Unidades de Medida de Actualización, es decir, de 117 mil 310 pesos a 351 mil 930 pesos.

Para quienes inciten al linchamiento, el diputado local dijo que muchas veces se ha comprobado su participación en videos; la sanción va de cinco a 10 años de prisión y multas de 117 mil 310 pesos.

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La pena de prisión incrementa a una tercera parte de la pena máxima cuando se trate de un menor de edad, adulto mayor, que el acto se cometa frente a un pariente, hijos o padres de la víctima, así como cónyuges, concubinos o menores de edad.

También si se exhibe a la víctima en un lugar público, ya sea desnudándola, colocándola con carteles degradantes, arrastrando a la persona, amarrándola o colgándola de cualquier forma, si es incinerada o si el cuerpo es mutilado.

La reforma al código penal abarca un artículo más en el que consideran abuso de autoridad o incumplimiento de un deber legal al servidor público que sea omiso en la atención inmediata o cuyo actuar no se ajuste a lo dispuesto en los protocolos por linchamiento.

La iniciativa fue presentada en diciembre del año en curso y se encuentra en análisis, pero no ha sido discutida, por lo que tomó relevancia tras el segundo caso de linchamiento en el municipio de Cohuecan.

Editor: César A. García

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