La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha declarado la invalidez de un artículo del Código Penal del Estado de Chiapas que limitaba el acceso al aborto, una decisión que representa un avance significativo en los derechos reproductivos en México.
El artículo en cuestión establecía restricciones severas sobre la interrupción del embarazo, penalizando a las mujeres que decidieran abortar en circunstancias que no estaban contempladas como excepciones legales.
Esta normativa había sido objeto de críticas por organizaciones de derechos humanos y feministas, quienes argumentaban que limitaba el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo y su salud.
La decisión de la SCJN se fundamenta en el principio de derechos humanos, reconociendo que las leyes estatales deben alinearse con los estándares constitucionales y los compromisos internacionales en materia de derechos reproductivos.
La Corte enfatizó que el derecho a la vida no puede ser interpretado como un impedimento para el acceso a servicios de salud reproductiva, incluyendo el aborto.