El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este viernes 24 de marzo, el decreto de la reforma a la Ley del Seguro Social, en materia de licencias y subsidios en el embarazo.
Por ello, a partir de este sábado entrará en vigor la reforma que integra un tercer párrafo al artículo 101 y un artículo 102 Bis a la Ley del Seguro Social.
Con ello, la asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización, el que recibirá durante 42 días anteriores al parto y 42 días posteriores al mismo.
Los subsidios se pagarán mediante la emisión de un certificado único de incapacidad por 84 días y se deberá entregar a la asegurada desde el inicio de la misma y en una sola exhibición.
Por: Redacción
Editor: Guillermo Leal