Inconstitucional penalizar la posesión superior a 5 gr de marihuana: SCJN

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De acuerdo con la Corte, serán los fiscales y autoridades quienes determinen en qué casos se declara consumo personal y en cuales no sin importar la dósis.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar la posesión superior a 5 gramos de marihuana, gramaje permitido hasta el momento por la ley para consumo personal.

Con tres votos, los ministros de la Corte invalidaron una parte del artículo 478 de la Ley General de Salud, mismo que subraya el gramaje máximo de 5 gramos.

Esta decisión provoca que sólo se penalicen los casos donde se acredite que la marihuana no es para consumo personal.

De acuerdo con los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara, serán los fiscales y jueces quienes determinen si esta droga es para consumo personal sin importar la cantidad.

Asimismo, mencionaron que aunque este criterio no es obligatorio, puede formar parte de futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o de procesos penales en curso.

Hasta el momento, la ley contempla para aquellas personas que posean una sobredosis de dicho narcótico, una pena de diez meses a tres años de prisión y hasta ochenta días de multa.

Por: Redacción
Editor: Mario Alberto Moreno López

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